La presente edición incorpora un completo análisis de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo, publicada el 25 de junio en el BOE y con entrada en vigor el 25 de septiembre de 2011, que deroga la anterior Ley 7/1995, de 23 de marzo, de Crédito al Consumo.
El autor, Miguel Ángel Larrosa Amante, Magistrado de la Audiencia Provincial de Murcia, realizará una completa revisión del manual para adaptarlo al nuevo texto legal, y reescribe el Capítulo XV, dedicado al estudio de dicho contrato.
La nueva Ley de contratos de crédito al consumo tiene por objeto incorporar al ordenamiento jurídico interno la Directiva 2008/48/CE que impone una armonización total de las legislaciones comunitarias, de forma que los Estados miembros no pueden mantener o introducir disposiciones nacionales distintas a las disposiciones armonizadas establecidas en esta norma europea, si bien tal restricción no impide mantener o adoptar normas nacionales en caso de que no existan disposiciones armonizadas.
La información normalizada europea sobre el crédito al consumo y, en particular, la tasa anual equivalente correspondiente al crédito, calculada de idéntica forma en toda la Unión Europea, dotan al mercado crediticio de una mayor transparencia, permite que las distintas ofertas puedan compararse y aumentan las posibilidades de los consumidores de acogerse al crédito al consumo transfronterizo