La Acordada 8/2012 de la Corte sobre el Libro de Asistencia Electrónico y el apagón analógico

Ficha

Autor:
Horacio R. Granero
Editorial:
Eldial.com
ISBN:
0000103610011
Fecha de Publicación:
2014
Formato:
EPUB
epub
Adobe Drm
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€2,44
Con el apagón analógico se denomina metafóricamente a la fecha en la que la tecnología digital sustituirá definitivamente a la analógica en todo el proceso de producción, difusión, y recepción, en este caso de las emisiones de televisión, o sea, será el fin de la TV tal cual se la conocía hasta ahora y desde hace más de 50 años… Algo similar está ocurriendo con la informatización de la Justicia, tarea que se inició hace ya varios años y que poco a poco se va afianzando.
Ese cambio fue recibido con beneplácito por los litigantes, dado que implicó la agilización de las causas judiciales al reducir el traslado mecánico de expedientes que se venía haciendo y, además disminuyen los tiempos relacionados con actividades no jurisdiccionales.
Dicha Acordada (8/2012) forma parte de un conjunto de implementaciones de la Corte en el marco de la Ley de Expediente Digital, como la Acodada 3/2012, que le da carácter de obligatorio al Sistema de Notificaciones por Medios Electrónicos reglamentado por la Acordada 31/2011.
Esto significa que varios trámites que, hasta este momento, se realizaban en papel (libro de notas, presentación de recursos en la Corte), ahora deberán sí o sí efectuarse en forma electrónica o incluir las implementaciones electrónicas mencionadas.
(Artículo publicado en elDial.com Biblioteca Jurídica Online el 07/12/2012)