La Constitución de la República dentro del título de los Derechos manifiesta que el agua es un derecho fundamental e irrenunciable, es considerado patrimonio nacional indispensable para la vida humana, por ello se expidió la Ley de Aguas que con su legislación conexa norma el mar interior y territorial de ríos, lagos o lagunas, quebradas, esteros y otros cursos o embalses permanentes de agua, de igual manera regula la forma de aprovechamiento.